Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas se deberán reunir, además de los requisitos exigidos en el apartado 1 de la base cuarta de las Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la promoción interna independiente de personal funcionario, los siguientes requisitos: A-Tener los 18 años cumplidos antes de finalizar el plazo de presentación de instancias. B- Estar en posesión o en condiciones de obtener documento acreditativo del título de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. C- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios del que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. D.- Carecer de antecedentes penales. E.- Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente. F-Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. G- Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por una persona con colegiación en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en la base 5.1d) respecto a la cuarta prueba de la fase de oposición. No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. Este certificado médico no excluye la obligación de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 5.1 e), respecto a la quinta prueba de la fase de oposición, ni a la obligación de comprobación de la talla. H- Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y de 165 centímetros las mujeres. Este requisito se comprobará con anterioridad al comienzo de la primera prueba del proceso selectivo conforme dispone la Base 4. I.- Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
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